La calle no es un hogar

Viernes 5 de Septiembre de 2025

¿Sabías que...?

En 1999, la Corte Interamericana de Derechos Humanos sentó un precedente histórico al reconocer la violencia estructural sufrida por niños en situación de calle como una violación grave a los derechos humanos.

Allí, instauró el principio de protección reforzada para Niños, Niñas y Adolescentes (NNyA) como aquel que obliga al Estado a ofrecerles una protección especial debido a su vulnerabilidad.

Esto implica medidas activas para prevenir abusos, garantizar su participación en decisiones que los afecten y asegurar condiciones dignas para su desarrollo.

Otros fallos como:

- Instituto Penal vs. Paraguay (2004),

- Ramírez Escobar vs. Guatemala (2018),

- Guzmán Albarracín vs. Ecuador (2020) y

- María vs. Argentina (2023),

consolidaron el deber estatal de garantizar una vida digna, libre de violencia y con acceso real a la justicia.

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Accedé al trabajo de mi autoría titulado «Niñez y violencia estructural: el derecho a la vida digna como obligación estatal a 25 años del caso “Niños de la calle”» haciendo click acá