¿Sabías que...?
En 1999, la Corte Interamericana de Derechos Humanos sentó un precedente histórico al reconocer la violencia estructural sufrida por niños en situación de calle como una violación grave a los derechos humanos.
Allí, instauró el principio de protección reforzada para Niños, Niñas y Adolescentes (NNyA) como aquel que obliga al Estado a ofrecerles una protección especial debido a su vulnerabilidad.
Esto implica medidas activas para prevenir abusos, garantizar su participación en decisiones que los afecten y asegurar condiciones dignas para su desarrollo.
Otros fallos como:
- Instituto Penal vs. Paraguay (2004),
- Ramírez Escobar vs. Guatemala (2018),
- Guzmán Albarracín vs. Ecuador (2020) y
- María vs. Argentina (2023),
consolidaron el deber estatal de garantizar una vida digna, libre de violencia y con acceso real a la justicia.
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Accedé al trabajo de mi autoría titulado «Niñez y violencia estructural: el derecho a la vida digna como obligación estatal a 25 años del caso “Niños de la calle”» haciendo click acá.